La Corte Suprema declaró como “constitucional” a la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual,luego de que algunos artículos fueran suspendidos en su aplicación por una medida cautelar solicitada por el Grupo Clarín.
El multimedios había planteado su oposición al artículo 41, que indica que el Estado debe adjudicar las licencias; el 45, que prohíbe la propiedad de más de dos licencias por zona geográfica en las manos de una misma empresa; el 48, que indica que la propiedad de las licencias no deben considerarse un “derecho adquirido; y el 161, que establece en un año el plazo de desinversión.
El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, votó a favor de la constitucionalidad, al igual que Eugenio Zaffaroni, Enrique Petracchi y Elena Highton de Nolasco. Por su parte, Carmen Argibay Molina y Carlos Maqueda aprobaron parcialmente. Sólo Carlos Fayt se pronunció en contra de la medida. Durante el mediodía del martes se darán mayores precisiones sobre el fallo.
La Ley había sido aprobada el 10 de octubre de 2009 y el 15 de diciembre de ese mismo año, el juez Edmundo Carbone da lugar a la medida cautelar pedida por el Grupo Clarín y “congela” los artículos señalados en el párrafo anterior.
En mayo de 2012, el Gobierno exige a la Corte Suprema que la cautelar no sea eterna y pide que se le ponga un plazo. La fecha elegida fue el 7 de diciembre de ese año, que se popularizó como “7D”. En esa fecha, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal decidió prorrogar la medida cautelar hasta que haya una “sentencia definitiva en la causa”.
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